sábado, 23 de septiembre de 2017

                                                           TEMA IV

1. Mencione las fuentes del Derecho Internacional Público.
 R.- Actualmente se destacan dos concepciones diferentes en cuanto a las fuentes del Derecho Internacional: Concepción Objetivista; en lo referente a las fuentes del Derecho de gente, la concepción objetivista se apoya esencialmente sobre la distinción entre las fuentes creadoras y fuentes formales, las primeras son las verdaderas fuentes del Derecho; las segundas son los tratados y las costumbres, que no crea Derecho, sino que son modo de constatación. Fuentes Principales Directas o Autónomas Las fuentes directas o materiales son aquellos factores de tipo social, político o económico que están aptos para crear o formar normas jurídicas internacionales por si mismas aplicables a las relaciones de los Estados y demás sujetos del D.I.P., como es el caso de los tratados y las costumbres internacionales.
 2. ¿Qué son las Fuentes Secundarias, Indirectas o heterónomas?
 R.- Son aquellas que influyen en la aplicación y creación de las normas jurídicas, pero no son aptas de crearlas por si solas, es decir, influye de manera especial en el procedimiento mediante el cual una norma es establecida.
 3. ¿Qué es la corte internacional de justicia? Internacional.
Clasificación de los Tratados Los Tratados pueden clasificarse desde diferentes puntos dal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya (Países Bajos) siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional. Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XXV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un Reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento
4. ¿Qué es un tratado y como se clasifica?
 R.- Un Tratado internacional es un acuerdo escrito entre Estados, regido por el Derecho internacional, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos Estados quienes concluyan un tratado internacional. Clasificación de los Tratados Los Tratados pueden clasificarse desde diferente puntos de vista: • Con respecto al número de Estados participantesBilaterales: Son los que ligan a dos sujetos de derecho internacional. • Multilaterales: Son los concluidos entre más de dos sujetos de derecho internacionales. • Con respecto a las formas de dar consentimiento para obligarse • De debida forma: Son aquellos en los que la voluntad de obligarse se expresa por un acto del jefe de Estado. • De forma simplificada: Son aquellos en los que obliga al Estado un funcionario de categoría inferior al jefe de Estado, mediante la sola firma. • Con respecto al objeto del Tratado • Tratados de paz • Tratados de extradición • Tratados culturales • Tratados fiscales • Tratados sociales • Tratados económicos • Tratados consulares • Tratados de navegación
5. ¿Qué es la costumbre internacional?
 R.- Concepto.- El artículo._38, Ib), del Estatuto de la corte internacional de justicia nos ofrece una definición de la costumbre Internacional, al decir que la corte deberá aplicar la costumbre Internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como siendo el Derecho. De esta definición podemos sacar los elementos constitutivos de la costumbre.
6. Diga los tipos de costumbre en el Derecho Internacional:
 R.- La costumbre internacional ofrece dos características fundamentales las cuales son GENERALIDAD.- La actuación de algunos Estados no es suficiente para crear una costumbre; es necesario que la mayoría de ellos participe en su formación, de manera expresa, o tácitamente al aceptarla sin adoptar una posición contraria. FLEXIBILIDAD.- La costumbre internacional se diferencia fundamentalmente del Derecho convencional en una característica que constituye al mismo tiempo su mayor virtud: por no ser una fuente escrita, carece de rigidez; y puede evolucionar con la realidad, adaptándose a las nuevas situaciones. La otra cara de la flexibilidad es la falta de precisión y es muchas veces difícil de determinar cuando una
7. ¿Qué son los principios generales del Derecho a nivel internacional?
 R.- El artículo 38,I c), del estatuto de la C.I J.- establece que la corte deberá aplicar los principios generales de Derecho, reconocidos por las naciones civilizadas. Esta disposición ofrece dificultades bastante grandes para determinar su contenido exacto, entonces como determinar qué se entiende por principios generales del Derecho, una distinción entre principios generales de Derecho y principios del Derecho Internacional, el significado seria la distinción, entre ambas. Principios generales del Derecho- Aquí se refiere seguramente al estatuto, a aquellos principios o supletivo, el cual puede ser sustituido o excluido por la voluntad de los sujetos a los que se dirige.
8.- QUE ES EL  IUS COGENS   R.- El Derecho impositivo o ius cogens se debe observar necesariamente, en cuanto sus normas tutelan intereses de carácter público o general. La noción, para el Derecho Internacional, viene ya del Derecho romano, habiéndose impuesto actualmente por influencia de la terminología jurídica anglosajona; aunque no siempre ha tenido el mismo significado, actualmente equivale a «Derecho necesario» o derecho que necesariamente han de cumplir los Estados, sin que puedan modificarlo por su voluntad. La discusión sobre la existencia de normas de esta naturaleza en el campo internacional saltó del planteamiento doctrinal al ordenamiento jurídico positivo con la Convención de Viena sobre los tratados en 1969, en cuyo artículo 53, fundamentalmente, se recogió la existencia de tales normas en cuanto se declaró que «es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de Derecho Internacional general», teniendo tal carácter «una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de los Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario, y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de Derecho Internacional general que tenga el mismo carácter», Las conclusiones a que se puede llegar actualmente son:
9.- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE IUS COGENS
R.- 1. Que en el Derecho Internacional existen normas de este carácter, de naturaleza impositiva o de ius cogens. 2. Que, a pesar del artículo 53 de se debe observar necesariamente, en cuanto sus normas tutelan intereses de c las normas internacionales de este carácter. 3. Que estas normas pueden ser modificadas, pero que mientras están en vigor hay que cumplirlas. Lo que resulta difícil es determinar concretamente cuáles son, aunque la doctrina considera como tales a las que tutelan los derechos fundamentales de la persona humana, las que tutelan los derechos de los pueblos a su autodeterminación y de los estados a su respeto, los que tutelan los intereses de la comunidad internacional y los que prohíben el uso de la fuerza.
 10. Diga la Jerarquía de las Fuentes de Derecho Internacional.

 R.- Jerarquía de las Fuentes de Derecho Internacional : El Artículo 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia establece que:" El tribunal aplicara: Los convenios internacionales, tanto generales como particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes. La Costumbre Internacional, como prueba de una práctica general aceptada como derecho. Los Principios Generales del Derecho reconocido por las naciones civilizadas. Las decisiones judiciales y la doctrina de los publicistas Mas calificados de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin prejuicio de lo dispuesto en el Artículo 59". Charles Rousseau, en relación al contenido del artículo antes la Convención de Viena, no hay fórmula general para definir abstractamente las normas internacionales de este carácter. 3. Que estas normas pueden ser modificadas, pero que mientras están en vigor hay que cumplirlas. Lo que resulta difícil es determinar concretamente cuáles son, aunque la doctrina considera como tales a las que tutelan los derechos fundamentales de la persona humana, las que tutelan los derechos de los pueblos a su autodeterminación y de los estados a su respeto, los que tutelan los intereses de la comunidad internacional y los que prohíben el uso de la fuerza. 10. Diga la Jerarquía de las Fuentes de Derecho Internacional. R.- Jerarquía de las Fuentes de Derecho Internacional .El artículo 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia establece que:" El tribunal aplicara: Los convenios internacionales, tanto generales como particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes. La Costumbre Internacional, como prueba de una práctica general aceptada como derecho. Los Principios Generales del Derecho reconocido por las naciones civilizadas. Las decisiones judiciales y la doctrina de los publicistas Mas calificados de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin prejuicio de lo dispuesto en el artículo 59". Charles Rousseau, en relación al contenido del artículo antes mencionado afirma que éste solamente enumera las normas jurídicas q las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59. 2. La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para decidir un litigio ex aequo et bono, si las partes así lo convinieren. 
                                                        TEORÍA DUALISTA Y MONISTA 


LA GUERRA DE LOS 30 AÑOS 
CAUSAS
La Guerra de los Treinta Años es una de las guerras más conocidas y estudiadas de la Edad Moderna en Europa. Es un conflicto bélico que se inicia en Bohemia (Sacro Imperio Romano Germánico) en el año 1618, y que se extiende hasta el año 1648, cuando termina con la Paz de Westfalia. Es una guerra que, aunque comienza siendo un conflicto interno del Sacro Imperio., acaba siendo una guerra internacional entre católicos y protestantes, participando en ella potencias europeas de ambos bandos, como España o Holanda. Sin embargo, no es únicamente una guerra religiosa, sino que representa además un conflicto político y económico. 
CAUSAS DE LA GUERRA DE LOS TREINTA AÑOS
1) Causas religiosas:
Sin duda, las más estudiadas. Los estudios historiográficos tradicionales decían que ésta era una guerra estrictamente religiosa, una forma de continuar los conflictos que generó la reforma protestante desde el primer tercio del siglo XVI. Sin embargo, desde hace unos años y hasta la actualidad, los historiadores ya plantean el hecho de que la Guerra de los Treinta Años es mucho más que un conflicto entre católicos y protestantes. A pesar de esto, es cierto que uno de los principales factores que desembocó en la guerra fue el nombramiento de un católico como nuevo emperador del Sacro Imperio, Fernando II.
2) Causas políticas:
Aunque es cierto que se formaron ligas de alianzas en base a la confesionalidad religiosa (la liga protestante y la liga católica), no hay que olvidar los intereses políticos que hay detrás de esto. Las monarquías europeas de la Edad Moderna estaban muy relacionadas entre sí por vínculos familiares. Por este motivo, cuando el rey de una dinastía de un país moría sin descendencia, había conflictos políticos en Europa por la cuestión sucesoria. De ese modo, tener descendencia se convirtió en uno de los aspectos más importantes a la hora de garantizar la supervivencia de una dinastía real.


3) Causas económicas:
Para entender los intereses económicos que podrían tener las potencias europeas beligerantes en esta contienda militar, hay que comprender la importancia de la zona en conflicto: el mar del Norte y la zona del Báltico. Hay numerosas rivalidades por el control del tráfico comercial de estas zonas, de las más importantes durante la Edad Moderna. Suecia, Dinamarca y Holanda, que en principio eran aliadas por ser de religión protestante, son rivales por el dominio económico de estas zonas.
CONSECUENCIAS DE LA GUERRA DE LOS TREINTA AÑOS
La Paz de Westfalia de 1648 engloba dos tratados de paz, firmados en dos ciudades pertenecientes a la región histórica de Westfalia: la paz de Münster y la paz de Osnabrück. Son dos ocasiones diferenciadas para formalizar la paz porque en la primera se reúnen los católicos y en la segunda se reúnen los protestantes. Las consecuencias que esta guerra genera son de múltiples tipos.
1) Consecuencias diplomáticas:

FIRMA DEL TRATADO
DE WESTFALIA 1648

A partir de la Guerra de los Treinta Años, todos los procesos de resolución de conflictos bélicos se harían mediante conferencias diplomáticas de paz, a través de reuniones multilaterales donde se establecen los principios y acuerdos de la paz. Estos acuerdos, por lo general, buscaban tres principios: la soberanía, la igualdad y el equilibrio. El tercero de estos principios, el más importante, hacía referencia a las intenciones de que no existiera ninguna potencia hegemónica sobre las demás, al menos territorialmente hablando.
TEMA V

I.- DIGA EL CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL
R.- Cuando se viola, por Acción o omisión un deber establecido en cualquier regla de derecho Internacional surge una relación jurídica nueva entre el sujeto al cual se le imputa el acto que debe responder mediante una reparación y el sujeto que tiene derecho a reclamar la reparacíon por el incumplimiento de la obligación.
II.- MENCIONE LOS PRINCIPALES ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL.
R.- 1.VIOLACIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL: Es un Acto u omisión en el derecho Internacional vigente, Al Estado que se le exige la responsabilidad internacional deberá evocarse a la Norma Jurídica Internacional que ha infringido, debe ser verdadera y vigente, es decir, tiene que tener una existencia real dentro del Derecho Internacional público. 
2.- IMPUTABILIDAD DE TAL VIOLACIÓN A UN ESTADO: R.- La violación o acto ilícito debe ser imputable al estado como persona Jurídica, La Imputabilidad puede ser directa al Estado en los Actos u Omisiones de los funcionarios o empleados que representen al estado y Actúen dentro de la Esfera de competencia dentro del órgano estatal.
3.- EXISTENCIA DE UN DAÑO MATERIAL O MORAL:  R.- Debe de producirse un daño o perjuicio como consecuencia de ese acto ilícito, Daño es el deterioro a las cosas o la lesión a la integridad corporal de las personas. 
III.- QUE SUCEDE CON UNA CONDUCTA VIOLATORIA DE LA NORMA JURÍDICA INTERNACIONAL.
R.- Como ya lo analizamos anteriormente México es un Estado soberano que contempla dentro de su legislación la Protección de las Garantías individuales y también está obligado a cumplir con las disposiciones internacionales de la que es parte. México es miembro de la Organización de las Naciones Unidades en la Declaración de los Derechos Fundamentales del hombre. 
4.- EN QUE CASOS SE PRESENTA LA IMPUTABILIDAD DIRECTA O INDIRECTA DEL ESTADO
R.- Se considera responsable al estado cuando el comportamiento de todo órgano del Estado que actúe en cualquiera de sus funciones legislativas ejecutivas, judiciales o de cualquier índole sea contraria a las obligaciones pactadas en el derecho internacional. 
La Responsabilidad internacional de los Estados por Actos de sus órganos surge como consecuencia de los Actos u omisiones realizados por estos. 
5.- COMO SE PROCEDE ANTE LA EXISTENCIA DE UN DAÑO MATERIAL O MORAL.
R.- Si un estado viola obligaciones o derechos de carácter internacional, de cualquier tipo, debe de restituir por el daño causado y por esos actos u omisiones mediante una indemnización al vulnerarse los derechos fundamentales se causa un daño grave que afecta a la comunidad internacional en su conjunto. 
6.- MENCIONE LAS DIFERENTES CLASES DE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL .
I.- RESTITUCIÓN. El estado responsable de un hecho internacionalmente ilícito estará obligado a la restitución, es decir, a restablecer la situación que existía antes de la comisión del hecho ilícito siempre que y en la medida en que esa restitución. 
b ).-  No sea materialmente imposible
c ).- No entrañe una carga totalmente desproporcionada con relación a la ventaja que se derivaría de la restitución en vez de la indemnización.
II.- INDEMINIZACIÓN. El estado responsable de un hecho internacionalmente ilícito estará obligado a dar satisfacción por el perjuicio causado por ese hecho, en la medida en que dicho daño no haya sido reparado por la restitución. 
III.- SATISFACCIÓN.- El estado responsable de un hecho internacionalmente ilícito estará obligado a dar satisfacción por el perjuicio causado por ese hecho en la medida en que éste no pueda ser reparado mediante restitución o indemnización, la satisfacción podrá consistir en un reconocimiento de la violación, una expresión de pesar una disculpa formal o de cualquier otra modalidad adecuada.  

7.- QUE ES UN CASO DE GUERRA
R.- Antes de las armas deberían agotarse los otros medios de que se dispone para resolver un conflicto entre dos Estados, pero si el conflicto es inevitable se debe por lo menos respetar las siguientes reglas : § No más violencia de la necesaria. § No uso de crueldad superflua. § Posibilidad del agresor de arrepentirse. § Respeto a la cruz roja. § No matar fuera de combate a prisioneros. § No usar armas contra el pueblo. § Actuar honestamente en las administraciones temporales. § No matar inocentes. § No bloquear un pueblo para matarlo de hambre. § No invadir países neutrales. § Respeto a la propiedad privada. § No justificar acciones inmorales en una guerra.
8.- EXPLIQUE LAS DOCTRINAS DRAGO Y CALVO
R.- la doctrina Drago, debida al también jurista argentino Luis María Drago, que establece una aplicación más restringida del mismo principio. Calvo justificaba su tesis señalando que era necesario impedir que los países más poderosos interfirieran en la jurisdicción de los más débiles.
9.- QUE ES LA CLAUSULA CALVO
R.- La Doctrina Calvo, denominada así por su autor, Carlos Calvo (1824-1906), es una doctrina panamericana de Derecho internacional que establece que, quienes viven en un país extranjero deben realizar sus demandas, reclamaciones y quejas sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales locales, evitando recurrir a las presiones diplomáticas o intervenciones armadas de su propio Estado o gobierno. Ha sido recogida en varias constituciones latinoamericanas.

TEMA VI

1.- DIGA EL CONCEPTO DE SUJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 
R.- Se entiende como sujeto de derecho internacional público, aquel a quien el derecho atribuye un catalogo de derechos y obligaciones.
 2.- CLASIFIQUE A LOS SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
R.- El Estado, organizaciones internacionales, las organizaciones parecidas a las estatales, los pueblos que luchan por su liberación, los movimientos de liberación nacional, el reconocimiento de beligerancia, el Comité internacional de la Cruz Roja, el individuo, otros sujetos.
3.- DÉ UN CONCEPTO DE ESTADO
R.-  Es la organización jurídica de una sociedad bajo el poder o dominación que se en de personas que comparten ciertas ideas, valores y religión.
 4. EXPLIQUE LOS CONCEPTOS DE BELIGERANCIA E INSURGENCIA:
 Se denomina beligerancia a la participación contendora dentro de un conflicto determinado, o a dar la suficiente importancia a alguien como para acceder o reconocgenerales de derecho reconoclmente es un concepto usado en el Derecho internacional público para designar a la nación o sujeto político que está en guerra, o en política a los participantes más visibles en algún conflicto social. Insurgencia: Una rebelión es, en la mayoría de los casos, una manifestación de rechazo a la autoridad. Esto puede variar desde la desobediencia civil hasta un intento organizado y armado para intentar destruir a la autoridad establecida. Es con frecuencia usado para hacer referencia a la resistencia armada de un grupo en contra de un gobierno establecido. Aquellos quienes participan en una rebelión, son denominados rebeldes.
 5.- ¿EN TÉRMINOS DEL DERECHO INTERNACIONAL QUE ES LA INDEPENDENCIA Y CUALES SUS EFECTOS?
Es la libertad de un país o nación que no está sometido a la autoridad de otro. Por consecuencia goza del Derecho de autodeterminación de sus facultades ejecutivas, legislativas y judiciales. En la integración de su propio Gobierno.
 6.- ¿QUÉ ES UN GOBIERNO EN EL EXILIO?
Un gobierno en elNA NACIÓN? Una nación se refiere a una entidad socio-cultural, una unió, pero por diversas razones, no puede ejercer su poder legal, y además reside en un país extranjero o área exterior.
 7.- ¿QUÉ FUE LA SOCIEDAD DE NACIONES Y QUE ES LA ONU HOY EN DÍA?
La Sociedad de Naciones (SDN) fue un organismo internacional creado por el Tratado de Versalleser contender con él. Generalmente es un concepto usado en el Derecho internacional público para designar a la nación o sujeto político que está en guerra, o en política a los participantes más visibles en algún conflicto social. Insurgencia: Una rebelión es, en la mayoría de los casos, una manifestación de rechazo a la autoridad. Esto puede variar desde la desobediencia civil hasta un intento organizado y armado para intentar destruir a la autoridad establecida. Es con frecuencia usado para hacer referencia a la resistencia armada de un grupo en contra de un gobierno establecido. Aquellos quienes participan en una rebelión, son denominados rebeldes.
8.- ¿EN TÉRMINOS DEL DERECHO INTERNACIONAL QUE ES LA INDEPENDENCIA Y CUALES SUS EFECTOS?
 Es la libertad de un país o nación que no está sometido a la autoridad de otro. Por consecuencia goza del Derecho de autodeterminación de sus facultades ejecutivas, legislativas y judiciales. En la integración de su propio Gobierno.
9.- ¿QUÉ ES UN GOBIERNO EN EL EXILIO?
Un gobierno en elNA NACIÓN? Una nación se refiere a una entidad socio-cultural, una unió, pero por diversas razones, no puede ejercer su poder legal, y además reside en un país extranjero o área exterior.
10.- ¿QUÉ FUE LA SOCIEDAD DE NACIONES Y QUE ES LA ONU HOY EN DÍA?
R.-  La Sociedad de Naciones (SDN) fue un organismo internacional creado por el Tratado de Versalles, el 28 de junio de 1919. Se proponía establecer las bases para la paz y la reorganización de las relaciones internacionales una vez finalizada la Primera Guerra Mundial. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) es la mayor organización internacional existente. Se define como una asociación de gobiernos global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos. La ONU fue fundada el 24 de octubre de 1945 en San Francisco (California), por 51 países, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas.
 12.- ¿DIGA QUE ES UN PACTO?
 R.- El pacto es un convenio o tratado solemne, estricto y condicional entre dos o más partes en que se establece una obediencia a cumplir uno o varios acápites establecidos en un contrato formal y en que ambas partes se comprometen a ejecutar ciertas acciones y a recibir retribuciones de la otra parte por su cumplimiento. Jurídicamente de est exilio es un grupo político que dice ser el gobierno legítimo de un paístado internacional.
 13.-DIGA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA ONU. 
R.- En el año 2007, la ONU posee 192 estados miembros, prácticamente todos los países soberanos reconocidos internacionalmente. Hay excepciones como la Santa Sede, que tiene calidad de observador, y República de China-Taiwán (un caso especial). La sede europea (y segunda sede mundial) de la Organización de las Naciones Unidas se sitúa en Ginebra, Suiza.
 14.- ¿QUÉ ES LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA?
 R.- Es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas
 15.-¿QUÉ ES TERRITORIO ?
R.-  El término territorio es muy usado en geografía, aunque pocas veces se explicita su contenido conceptual con lo que suele ser necesario establecer el significado que le da cada autor contextualmente. Algunos autores han llegado a afirmar que el territorio es el objeto por excelencia de la investigación geográfica frente a otros términos también muy usados dentro de la geografía como paisaje, región, espacio geográfico o lugar.
 16.-¿QUÉ ES POBLACIÓN ?
 R.- La demografía es el estudio estadístico de las poblaciones humanas. Aspectos varios del comportamiento humano en las poblaciones se estudian en sociología, economía y geografía en especial en la geografía de la población. El estudio de poblaciones normalmente está gobernado por las leyes de la probabilidade concepto se derivan el documento de carácter legal como un contrato o tranos individuos, grupos o

TEMA VII

:LOS ORGANOS DEL ESTADO EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES:
 1.-) ¿Que es la figura del jefe de Estado ?
 En México se ha implantado la división de poderes, así lo establece el artículo 49 de nuestra Carta Magna: “El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en: Legislativo, Ejecutivo y Judicial” El Poder Ejecutivo está representado por un solo alto funcionario a quien se le denomina “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”, expresado en el artículo 80 Constitucional.
2.-) ¿Diga que es la Secretaria de Relaciones Exteriores ?
El artículo 92 Constitucional establece la necesidad de que los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente lleven la firma del Secretario del Despacho, encargado del ramo a que el asunto corresponda, requisito sin el cual no serán obedecidos. De ese artículo 92, se desprende el refrendo ministerial del Secretario de Relacion un voto, para lo importante es necesaria la mayoría de los miembros presentes votantes, en otro tipo de voto no tan importante solo es suficiente la simple mayoría de los miembros presentes votantes.
 20.- CUAL ES LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU 
 R.- Éste es el único órgano de la ONU cuyas decisiones los Estados Miembros, conforme a la Carta, están obligados a cumplir. Cuando se le presenta una controversia, la primera medida del Consejo es generalmente recomendar a las partes que lleguen a un acuerdo por medios pacíficos.

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1.- PRINCIPIO DE IGUALDAD JURÍDICA: TODOS Y CADA UNO DE ELLOS VAN HACER SOBERANOS PERO AL INTERIOR DE SU TERRITORIO Y VAN HACER IGUALES JURIDICAMENTE
2.- PRIMERA GUERRA MUNDIAL
R.- 1914-1918 , SE APLICAN NORMAS JURÍDICAS  DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS CONFLICTOS ARMADOS Y EL DERECHO DE PAZ QUEDA SUSPENDIDO EN SU APLICACIÓN ENTRE QUIEN SON LAS PARTES
3.- EN ENERO DE 1919 LOS LIDERES SE REUNEN EN FRANCIA, SE APLICA EL TRATADO DE VERSALLES: SE CREA LA SOCIEDAD DE NACIONES . COMO GARANTE DE LA PAZ, Y DESARROLLA LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL  ( ART. 24 TRATADO DE VERSALLES ) ESTE TRATADO TIENE COMO FIN MANTENER LA PAZ EN TODO EL MUNDO
4.- CUANDO LA 1° GUERRA MUNDIAL TERMINÓ EL 11 DE NOV. DE 1918, ALEMANIA ESTÁ A PUNTO DE ENTRAR  EN UNA GUERRA CIVIL, EN ESTA GUERRA ALEMANIA PERDIÓ GRAN PARTE DE SU TERRITORIO.
5.- EL ASESINATO DEL ARCHIDUQUE DE HASBURGO EL 28 DE JUNIO DE 1914 FUE EL  PRETEXTO PARA EL INICIO DE LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL, SE DECLARARAN LA GUERRA RUSIA VS ALEMANIA
6.- PORQUE EMPEZÓ LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL
R.- EMPEZÓ 1 DE SEPTIEMBRE DE 1939 PORQUE LOS NAZIS  INVADIERON POLONIA , ESTA GUERRA COSTÓ ENTRE 60 Y 80 MILLONES DE MUERTOS, DURO HASTA 1945, EN ESTA GUERRA SE ENFRENTARON LAS POTENCIAS DEL EJE ASIÁTICO
7.- CORTE INTERNACIONAL  DE LA HAYA
R.- La Corte Internacional de La Haya es la Corte de Justicia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ubicada en los Países Bajos. Esta ayuda a la ONU a mantener la paz internacional y a resolver disputas entre estados miembros u otras cuestiones jurídicas que le solicite la misma 




Cabe mencionar que la sede de cada embajada se encuentra fijada en la capital de cada país y es el punto de conexión entre un país y otro, la representación diplomática de un gobierno extranjero en el país anfitrión.
En la antigüedad, sólo las potencias mundiales se enviaban entre sí embajadores. El resto de los países tenía enviados extraordinarios, ministros plenipotenciarios o encargados de negocios. Aquellas misiones diplomáticas encabezadas por un oficial de rango secundario recibían el nombre de legación.
Hoy en día la principal oficina diplomática es la embajada, aunque también existe el consulado. Entre las funciones principales del cónsul cabe destacar la obligación de proteger a los ciudadanos nacionales de su país frente a la justicia del país anfitrión, así como también la realización de trámites para obtener cualquier tipo de documentación que pudieran necesitar en esta tierra. También se tramitan en la embajada los poderes 
y todos aquellos trámites ligados al régimen internacional.
Es habitual que, en caso de que se inicie un conflicto, un país retire a su embajador para demostrar su disconformidad con el Estado anfitrión; no obstante esta decisión puede ser sumamente nociva para los ciudadanos de su país, que quedarán desprotegidos y deberán prescindir (en algunas ocasiones) de algunos de sus derechos, si la legislatura del Estado anfitrión difiere en gran medida de la de su propio Estado. El siguiente paso en una escalada de conflicto es romper las relaciones diplomáticas y cerrar la embajada.
Obligaciones y responsabilidades de la Embajada
La tarea de la embajada muchas veces pasa desapercibida; no obstante, es un organismo fundamental para que aquellos ciudadanos que viajan al extranjero gocen de ciertas garantías de protección y asistencia.

Las funciones que debe desempeñar una embajada son varias. Su figura máxima, el embajador, debe informar a su gobierno sobre los eventos sociales, económicos, militares y políticos que tienen lugar en el territorio donde se encuentra trabajando. También debe preparar tratados y visitas de estado, para que el nexo entre ambos países derive en una relación diplomática amistosa. A su vez, gracias a intentar una buena aceptación en el país anfitrión, debe buscar promover su propia cultura y propiciar intereses políticos del país en el que reside con el que representa. Pero, seguramente la responsabilidad en la que debe poner un mayor esmero es en la de procurar que los visitantes de su tierra natal al país donde trabaja reciban un trato agradable y sientan contención en caso de tener que enfrentarse a algún problema determinado.
Para ayudar a sus ciudadanos, las embajadas cuentan con un número de teléfono móvil para atender emergencias en cualquier momento; además, deben procurar la documentación necesaria para que los ciudadanos puedan moverse en el país que visitan (esto incluye reponer la documentación en caso de robo o pérdida). A su vez, deben atender las necesidades sanitarias de los ciudadanos: ofrecer direcciones de centros de salud donde puedan atenderse y procurar que queden satisfechos con ellos.
Tipos de Embajada
De acuerdo a la forma en la que se encuentren gestionadas, las embajadas pueden ser:
Residentes: la sede se encuentra situada en el territorio del Estado ante el que se encuentran acreditadas.
* No residentes: la sede está fijada en otra capital, en caso de que se trate de un tipo de acreditación firmada por varios países; es decir, de acreditación múltiple.
* Misión o Delegación: el grupo que representa de forma diplomática el gobierno de su país frente aun organismo internacional, como puede ser las Naciones Unidas.
* High Comisión: la sede de la Embajada de un país que forma parte del grupo conocido como Commonwealth en la capital de otro país miembro de dicho grupo.
* Nunciatura: la sede de la Embajada del Vaticano.
Cabe mencionar por último que aquellos ciudadanos de la Unión Europea, en caso de que en un país no haya Embajada de su Estado, pueden acudir al consulado de cualquier otro país que forme parte de laUnión Europea, donde serán representados y se tomarán en serio sus derechos.

LAS NACIONES UNIDAS


EDIFICIO DE LAS NACIONES UNIDAS 
SEDE NEW YORK USA 

CONVENCIÓN DE VIENA

EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO


Un tratado de libre comercio (TLC) consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes de los diferentes continentes o básicamente en todo el mundo. Eso consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en materia de servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países.
Un TLC no necesariamente lleva una integración económica, social y política regional, como es el caso de la Unión Europea, la Comunidad Andina, el Mercosur y la Comunidad Sudamericana de Naciones. Si bien estos se crearon para fomentar el intercambio comercial, también incluyeron cláusulas de política fiscal y presupuestario, así como el movimiento de personas y organismos políticos comunes, elementos ausentes en un TLC.
Históricamente el primer TLC fue el Tratado franco-británico de libre comercio (o Tratado de Cobden-Chevalier) firmado en 1891 y que introduce también la cláusula de nación más favorecida.

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